El empleador, trabajador o cualquier persona que sepa de un hecho de accidente tendra que denunciar dentro de 24 horas y debera concurrir al INP mas cercano del lugar del accidente o domicilio del empleador donde se le entregara un formulario de "Declaracion Individual de Accidente" (DIAT), en donde solo debera rellenar las letras A, B y C del correspondiente formulario, debiendo llevar consigo los siguientes documentos:
1)Carnet de Identidad.
2)Copia del Contrato de Trabajo.
3)Anexo DIAT para funcionarioas publicos.
4)Tres ultimas Planillas de pago de cotizacion INP.
Cuando ya este puesta la Denuncia el INP extendera la orden de Atencion, que dara el derecho de acceso gratutito a las atenciones medicas proporcionadas por el Instituto de Normalizacion Previsional , la cual tiene convenios con las siguientes instituciones:
*Red de Sistema Nacional de Servicios de Salud.
*Mutual de Seguridad.
*ACHS-Clinica Astra.
*Capredena.
*Clinica Los Cohiues.
*Hospital Clinico de la Universidad de Chile.
Si el médico determina una Incapacidad Laboral Temporal, le proporcionara licencia médica al trabajador, quien la deberá presentar a su empleador antes de cumplir 48 horas desde ocurrido el accidente, con el fin que éste la entregue dentro de un plazo de tres días ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) para que el trabajador pueda recibir el monto correspondiente para poder cubrir los costos.
Está declaracion solo sera valida si tiene la firma del Empleador, en el caso contrario el trabajador tendra que correr con todos los costos.
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